¿Cómo y cuándo se paga el bono a las empleadas domésticas?

Desde Jobbers Empleos te contamos paso a paso, cómo deben hacer los empleadores para pagar el bono que el gobierno oficializó para los empleados y las empleadas domésticas.

¿Cúando debo pagar el bono?

La primer cuota se debe pagar entre el 11 y el 30 de octubre. Puede incluirse dentro del pago del salario de septiembre, si aún no esta cancelado y se prevé cancelarlo en ese período. Esto pasa también para el pago de la segunda cuota, que también puede incluirse dentro del pago del salario del mes de noviembre sólo si se abona entre el 1 y el 31 de diciembre.

¿Cúal es el monto del bono?

Para definir el monto del bono se estableció una segmentación que depende de las horas que componen la jornada de trabajo del empleado o empleada en cuestión, ya que si trabaja más de 16 horas semanales, el bono es de $ 3 mil a pagarse en dos cuotas de 1.500$. Pero si cumple una jornada de menos de 16 y más de 12 horas, le corresponde un bono de 1.500 pesos, a pagarse en dos cuotas de 750$.Si la jornada semanal es inferior a 12 horas semanales el bono correspondiente es de 1000$, pagandose en dos cuotas de 500$ cada una. 

¿Cómo dejo constancia del pago del bono?

Hay dos formas de dejar en constancia el pago del bono, por un lado descargando y completando manualmente el formulario 102/RT de AFIP. Se puede agregar el detalle de la primera cuota del bono en el apartado "otros conceptos".

Por otro, se puede emitir un recibo online en la página web de la AFIP, a la que se ingresa con clave fiscal, como en el anterior caso tambien se puede sumar en "otros conceptos" pero no pueden modificar un recibo ya emitido ni tampoco generar uno nuevo para el mismo período. Entonces, en el caso de haber realizado ya el recibo del pago de septiembre, deberían imprimir el formulario 102 y hacer manualmente el recibo de la primera cuota del bono, consignando solo ese concepto.

Este bono se aplica en todo el país y es no remunerativo,lo que significa que no genera pago de aportes ni obra social, jubilación o ART. Tampoco se tiene en cuenta en el cálculo del aguinaldo o en una eventual liquidación final. Por otro lado, no se trata de un adelanto que pueda descontarse en aumentos futuros.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/acuerdo-las-empleadas-domesticas-recibiran-bono-3000-nid2296003

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